Ir al contenido

¡La privacidad de los menores es fundamental!

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto un procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Alguazas por diversas infracciones en materia de protección de datos. La sanción se origina a partir de la denuncia de una persona el 21 de febrero de 2023, en la que se indicaba que se habían añadido números de teléfono de menores de edad a un grupo de WhatsApp sin el consentimiento de sus padres.

Motivos de la sanción

  1. Infracción del principio de licitud del tratamiento de datos (Art. 6.1 RGPD)

    • Recogida y uso de datos de menores sin justificación legal.
    • Inscripción de menores en un grupo de WhatsApp sin consentimiento previo.
    • Publicación de imágenes de menores en la web municipal sin autorización.
  2. Falta de consentimiento adecuado (Art. 7 RGPD)

    • No se solicitó autorización de los tutores legales para el tratamiento de datos de menores de 14 años.
  3. Deficiencias en la información facilitada a los interesados (Art. 13 RGPD)

    • Los formularios de inscripción no proporcionaban información clara sobre el uso de los datos.
  4. Falta de un Delegado de Protección de Datos (Art. 37 RGPD)

    • El Ayuntamiento no contaba con un DPD en el momento de los hechos.

Medidas adoptadas por el Ayuntamiento tras la sanción

  • Eliminación del grupo de WhatsApp y de los datos recogidos.
  • Modificación de los formularios de inscripción incluyendo consentimiento explícito.
  • Implementación de nuevas políticas de privacidad en la web municipal.
  • Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos.

A pesar de estas acciones correctivas, la AEPD consideró que las infracciones ya se habían cometido y procedió a imponer la sanción.

Enlace al procedimiento

https://www.aepd.es/documento/ps-00072-2024.pdf

 
Facebook
Twitter
LinkedIn
Email
WhatsApp
Telegram
Skype
Print