La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto un procedimiento sancionador contra el Ayuntamiento de Alguazas por diversas infracciones en materia de protección de datos. La sanción se origina a partir de la denuncia de una persona el 21 de febrero de 2023, en la que se indicaba que se habían añadido números de teléfono de menores de edad a un grupo de WhatsApp sin el consentimiento de sus padres.
Motivos de la sanción
Infracción del principio de licitud del tratamiento de datos (Art. 6.1 RGPD)
- Recogida y uso de datos de menores sin justificación legal.
- Inscripción de menores en un grupo de WhatsApp sin consentimiento previo.
- Publicación de imágenes de menores en la web municipal sin autorización.
Falta de consentimiento adecuado (Art. 7 RGPD)
- No se solicitó autorización de los tutores legales para el tratamiento de datos de menores de 14 años.
Deficiencias en la información facilitada a los interesados (Art. 13 RGPD)
- Los formularios de inscripción no proporcionaban información clara sobre el uso de los datos.
Falta de un Delegado de Protección de Datos (Art. 37 RGPD)
- El Ayuntamiento no contaba con un DPD en el momento de los hechos.
Medidas adoptadas por el Ayuntamiento tras la sanción
- Eliminación del grupo de WhatsApp y de los datos recogidos.
- Modificación de los formularios de inscripción incluyendo consentimiento explícito.
- Implementación de nuevas políticas de privacidad en la web municipal.
- Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos.
A pesar de estas acciones correctivas, la AEPD consideró que las infracciones ya se habían cometido y procedió a imponer la sanción.
Enlace al procedimiento
https://www.aepd.es/documento/ps-00072-2024.pdf